Este seguro viene a proteger a los compradores de viviendas del vacío legal que aparecía con anterioridad en situaciones en las que, producido unos daños de origen estructural, con consecuencias económicas importantes, al intentar buscar responsabilidades con frecuencia ocurría que las empresas promotoras habían desaparecido, o eran insolventes, o simplemente era muy difícil lograr las reparaciones por parte de los agentes intervinientes en el proceso constructivo. Actualmente, la ley viene a obligar a la contratación de esta póliza por el periodo de diez años entendiendo que los problemas estructurales se harán visibles en una edificación antes de esta edad, cubriéndose entonces por esta póliza independientemente de la búsqueda de responsabilidades, si las hubiera, imputables a los agentes intervinientes.