Preguntas más frecuentes

¿En qué casos es necesario un proyecto?

Según la LOE es necesario un proyecto en cualquiera de los siguientes casos:

Obras de edificación de nueva construcción

Intervenciones sobre los edificios existentes, siempre y cuando alteren su configuración arquitectónica, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.

Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, regulada a través de norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección. (Artículo 2.2.).

Con relación a esta materia (necesidad de un “Proyecto”) se aconseja así mismo consultar sobre la necesidad del “Visado de Proyecto” por parte de los colegios profesionales.